Los límites existentes entre lo público y lo privado, pueden dar lugar a ciertos precedentes legales
La justicia suele ir al rebufo de la tecnología. La técnica ha irrumpido con tal velocidad en la sociedad modificando nuestros hábitos, que aún hoy en día se ve sobrepasada por la continua evolución y desarrollo de aplicaciones innovadoras.
La gestión de la información y el tratamiento de los datos personales están poniendo en jaque los derechos de los individuos, y los designios de las naciones. Jamás el individuo ha tenido acceso a tanta cantidad de información. Antes la radio y los medios audiovisuales eran los primeros a la hora de detectar y difundir las noticias. Sin embargo la interconexión y la globalización llevadas a cabo a través de las redes sociales, han propiciado que éstas tomen la delantera. El tiempo real es cada vez más real, valga la redundancia, en comparación al de antaño.
A la hora de tratar el espinoso tema de la gestión de la información, no solo ha de tenerse en cuenta su encaje dentro del ordenamiento jurídico, sino que han de contemplarse otros factores como son la ética o su aplicación geográfica, ya que las leyes no son iguales en todas las naciones. Los límites existentes entre lo público y lo privado, pueden dar lugar a ciertos precedentes legales. Algo comprensible, desde el punto de vista de la casuística si se considera que la sociedad actual en contraposición al conocimiento (no hay más que remitirse a los índices de lectura), se encuentra saturada de información.
No extraño por tanto que uno de estos precedentes excepcionales haya tenido lugar en la red social que cuenta en la actualidad con un mayor número de miembros, como es Facebook. En el año 2012, una adolescente alemana murió al caer a las vías del metro en Berlín. Los padres con objeto de dilucidar las causas de dicho accidente solicitaron a la red social acceso al contenido de dicha cuenta. El caso estuvo tres años en los juzgados hasta que en el año 2015, el Tribunal en primera instancia falló a favor de los padres. Pasaron los meses hasta que el Tribunal de Apelación de Berlin contradijo la anterior sentencia argumentando que “el secreto de las comunicaciones está garantizado por la Ley Básica Alemana”.
Recientemente el Tribunal Federal de Justicia de Karlsruhe ha vuelto a fallar a favor de los progenitores considerando de esta forma que las cuentas de las redes sociales pueden heredarse. La medida va a ser recurrida por la red social ya que entiende que a su vez está en juego la privacidad de tercera personas. El veredicto afecta por extensión a otras aplicaciones como pueden ser blogs o YouTube, pero según los especialistas, no sienta jurisprudencia en otros países. El caso vuelve a reabrir de una forma directa el debate sobre la huella o testamento digital.
José Luis Meléndez. Madrid, 28 de julio del 2018
Fuente de la imagen: wikimedia.commons.org
La justicia suele ir al rebufo de la tecnología. La técnica ha irrumpido con tal velocidad en la sociedad modificando nuestros hábitos, que aún hoy en día se ve sobrepasada por la continua evolución y desarrollo de aplicaciones innovadoras.
La gestión de la información y el tratamiento de los datos personales están poniendo en jaque los derechos de los individuos, y los designios de las naciones. Jamás el individuo ha tenido acceso a tanta cantidad de información. Antes la radio y los medios audiovisuales eran los primeros a la hora de detectar y difundir las noticias. Sin embargo la interconexión y la globalización llevadas a cabo a través de las redes sociales, han propiciado que éstas tomen la delantera. El tiempo real es cada vez más real, valga la redundancia, en comparación al de antaño.
A la hora de tratar el espinoso tema de la gestión de la información, no solo ha de tenerse en cuenta su encaje dentro del ordenamiento jurídico, sino que han de contemplarse otros factores como son la ética o su aplicación geográfica, ya que las leyes no son iguales en todas las naciones. Los límites existentes entre lo público y lo privado, pueden dar lugar a ciertos precedentes legales. Algo comprensible, desde el punto de vista de la casuística si se considera que la sociedad actual en contraposición al conocimiento (no hay más que remitirse a los índices de lectura), se encuentra saturada de información.
No extraño por tanto que uno de estos precedentes excepcionales haya tenido lugar en la red social que cuenta en la actualidad con un mayor número de miembros, como es Facebook. En el año 2012, una adolescente alemana murió al caer a las vías del metro en Berlín. Los padres con objeto de dilucidar las causas de dicho accidente solicitaron a la red social acceso al contenido de dicha cuenta. El caso estuvo tres años en los juzgados hasta que en el año 2015, el Tribunal en primera instancia falló a favor de los padres. Pasaron los meses hasta que el Tribunal de Apelación de Berlin contradijo la anterior sentencia argumentando que “el secreto de las comunicaciones está garantizado por la Ley Básica Alemana”.
Recientemente el Tribunal Federal de Justicia de Karlsruhe ha vuelto a fallar a favor de los progenitores considerando de esta forma que las cuentas de las redes sociales pueden heredarse. La medida va a ser recurrida por la red social ya que entiende que a su vez está en juego la privacidad de tercera personas. El veredicto afecta por extensión a otras aplicaciones como pueden ser blogs o YouTube, pero según los especialistas, no sienta jurisprudencia en otros países. El caso vuelve a reabrir de una forma directa el debate sobre la huella o testamento digital.
José Luis Meléndez. Madrid, 28 de julio del 2018
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