A pesar de no haber sido aún aprobada la nueva Ley de Protección Animal, el señor de Prada se siente un hombre abolido y nada singular
El nuevo anteproyecto de Ley de Protección y Derecho de los animales en el cual trabaja el gobierno, será remitido, con la aprobación de todos los grupos parlamentarios a excepción de Vox, en el mes de enero. El texto pretende poner coto a problemas como son entre otros, el maltrato animal, el abandono, el sacrificio indiscriminado, así como a dotar de protección jurídica a los animales, con objeto de proporcionarles y garantizarles su bienestar.
Pero la buena nueva que está a punto de celebrar la sociedad y de disfrutar en compañía de sus encantadores allegados, ha amargado el día y muy probablemente la existencia a más de una mente retrógrada: ¿Animales con derechos?, ¡Menudo despropósito!
Así que ante la impotencia racional de sus argumentos algunos animales humanos, dotados de escasa humanidad, han optado por la peor de las opciones, como es la de coger la pluma en el momento menos oportuno: “El censo de perros es superior al de niños. Esto ocurre porque la Administración los protege más”. En otras palabras, no es que las distintas Administraciones no se hayan preocupado por fomentar la natalidad, sino que esta Administración, en concreto, protege más a los animales (debe ser que existen más leyes para ellos y no nos hemos enterado).
“¿Puede erigirse en titular de derechos un animal que en ningún estadio de su vida podrá ser sujeto de obligaciones?”, se pregunta el sesudo letrado no ejerciente (menos mal), Juan Manuel de Prada.
Por lo que se ve el señor de Prada desconoce que los animales se ven obligados a aguantar las veinticuatro horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año a sus tutores en el mejor de los casos cuando no son maltratados, abandonados o faltos de atención. En tal caso, ¿qué “derecho” le corresponde a un animal abandonado cuando el tenedor de la mascota incumple su “obligación” contraída de adopción? ¿Tienen “obligación” los lectores del mencionado autor de leer sus columnas ante el “derecho” de expresar sus irracionales y tergiversadas exposiciones?
“El pretexto de elevar lo inferior siempre disfraza la pulsión de deprimir lo superior”. ¿Es don Juan Manuel en una de sus profundas y místicas elevaciones espirituales, capaz de “deprimir” al mismísimo creador?
“Por supuesto, esto no quiere decir que los animales deban quedar fuera del ámbito de la protección jurídica”. ¿Cómo puede un animal recibir protección jurídica si no se le dota de unos mínimos “derechos” que garanticen su bienestar básico?
“En todos los intentos de hacer a los animales titulares de derechos descubrimos el propósito de suprimir la realidad espiritual del hombre”. Así que San Francisco de Asís suprimió la realidad espiritual del hombre en lugar de engrandecerla, cuando protegía la vida de los animales a través de su práctica y su famoso lema: “Los animales son mis hermanos y yo no me como a mis hermanos”.
“El animalismo bajo su disfraz de refinamiento esconde una involución civilizatoria”. Tal vez por eso tenga más fuerza en países más civilizados como EE.UU, Reino Unido, Alemania, Suiza, Francia, Italia y Australia, entre otros.
“Equiparar a un hombre con una mascota es otra manera sibilina de “abolirlo”, de negar su singularidad”. ¿Qué derechos constitucionales tiene una mascota?, se preguntarán algunos. Hasta ahora los animales eran considerados como “cosas” y podían ser objetos de embargo. Gracias a la nueva ley se podrá modificar la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil. El objetivo es que los animales sean considerados a partir de entonces como “seres vivos dotados de sensibilidad”, y no cosas. Un animal nunca podrá tener los mismos derechos que tiene una persona.
A pesar de no haber sido aún aprobada la nueva Ley de Protección Animal y de poseer más derechos que los animales, el señor de Prada se siente un hombre “abolido” y nada singular, lo cual creo que además de ser incierto, constituye una enorme injusticia. Ignora que al sentir sus derechos equiparados con los derechos de los animales podrá beneficiarse de la permanente compañía de un tutor. Aunque bien es cierto que una vez leída su columna no sería de extrañar que la Administración le inhabilitase a la hora de tener animales o trabajar con ellos. ¿O tal vez su lectura requiere de... “un manejo especial”?
José Luis Meléndez. Madrid, 22 de noviembre del 2021. Fuente de la imagen: wikimedia.commons.org